Schillebeeckx




CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

NOTIFICACIÓN SOBRE EL LIBRO
«PLEIDOOI VOOR MENSEN IN DE KERK» (NELISSEN, BAARN 1985)
DEL PROF. EDWARD SCHILLEBEECKX, O.P.





1. El Profesor Edward Schillebeeckx, O.P., publicó en 1979 y 1980 dos estudios sobre el ministerio en la Iglesia: una contribución al volumen colectivo Basis en Ambt (Nelissen, Bloemendal, 1979, p. 43-90), y después un libro titulado Kerkelijk Ambt (mismo editor, 1980). En estos dos escritos él consideraba haber establecido la «posibilidad dogmática» de un «ministro extraordinario» de la Eucaristía, en el sentido que las comunidades cristianas privadas de sacerdotes podrían elegir de entre ellos un presidente que estaría de hecho plenamente habilitado para presidir la vida de esas comunidades y, por lo tanto, para consagrar la eucaristía sin haber tenido que recibir para ello la ordenación sacramental en la sucesión apostólica.

2. El 13 de junio de 1984, la Congregación para la Doctrina de la Fe dirigía al Profesor Schillebeeckx una carta donde le señalaba que las posiciones sobre el ministerio desarrolladas por él en los dos estudios en cuestión no eran conciliables con la enseñanza de la Iglesia, recordada de manera autorizada por la carta Sacerdotium ministeriale del 6 de agosto de 1983 (cf. AAS 75/2 [1983] 1003-1009). En consecuencia, la Congregación notificaba al Profesor Schillebeeckx que su posición sobre el «ministro extraordinario» de la Eucaristía no podía ser considerada como una «cuestión libre», y le pedía que aceptara públicamente sobre ese punto la doctrina de la Iglesia, mediante la manifestación de su adhesión personal al contenido de ese documento.

3. En su respuesta del 5 de octubre de 1984, el Profesor Schillebeeckx anunciaba la próxima publicación de un nuevo libro sobre la cuestión; aseguraba que no habría nada que contradijera la carta Sacerdotium ministeriale, y que no se plantearía ya la cuestión de un «ministro extraordinario» de la Eucaristía, y que para evitar todo malentendido el tema de la sucesión apostólica estaría allí más ampliamente analizado.

4. Cuando publicaba - al mismo tiempo que su propia carta - el párrafo esencial de esta respuesta (cf. L’Osservatore Romano, 11 de enero de 1985, 2), la Congregación para la Doctrina de la Fe indicaba que se reservaba manifestar ulteriormente su juicio sobre la obra anunciada, y aparecida poco después con el título Pleidooi voor mensen in de Kerk (Nelissen, Baarn, 1985).

5. A propósito de este libro, la Congregación debe hacer las observaciones siguientes en lo relacionado con la cuestión del ministerio:

a) Efectivamente, la cuestión del «ministro extraordinario» de la Eucaristía no se ha tratado ya. Con todo, aunque la carta Sacerdotium ministeriale no ha sido objeto de un rechazo formal, sin embargo no es objeto de una declaración de adhesión, sino más bien de un análisis crítico.

b) Respecto al fondo, lamentamos constatar que el autor continúa concibiendo y presentando la apostolicidad de la Iglesia de una manera tal, que la sucesión apostólica por la ordenación sacramental representa un elemento no esencial para el ejercicio del ministerio y, por consiguiente, para la concesión del poder consagrar la Eucaristía - esto en oposición a la doctrina de la Iglesia.

c) Respecto al método seguido en la obra, en particular el recurso a los argumentos históricos tomados de la Escritura, nos limitaremos aquí a recordar la enseñanza de la constitución dogmática Dei Verbum (n. 12, § 3), según la cual, después de haber empleado con atención todos los recursos de la exégesis y de la historia, «para descubrir el verdadero sentido del texto sagrado hay que tener muy en cuenta el contenido y la unidad de toda la Escritura, la Tradición viva de toda la Iglesia, la analogía de la fe. A los exegetas toca aplicar estas normas en su trabajo para ir penetrando y exponiendo el sentido de la Sagrada Escritura, de modo que con dicho estudio pueda madurar el juicio de la Iglesia. Todo lo dicho sobre la interpretación de la Escritura queda sometido al juicio definitivo de la Iglesia, que recibió de Dios el encargo y el oficio de conservar e interpretar la Palabra de Dios».

6. Por estas razones, la Congregación para la Doctrina de la Fe se ve obligada a concluir que la concepción del ministerio, tal como está expuesta en el Profesor Schillebeeckx, permanece en desacuerdo con la enseñanza de la Iglesia en puntos importantes. Su misión ante los fieles hace que sea un deber para ella publicar este juicio.

En el curso de la Audiencia concedida al Prefecto infrascrito, Su Santidad el Papa Juan Pablo II ha aprobado esta Notificación, decidida en la Reunión Ordinaria de la Congregación para la Doctrina de la Fe, y ha ordenado su publicación.



Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 15 de septiembre de 1986.



JOSEPH Card. RATZINGER
Prefecto



ALBERTO BOVONE
Arzobispo titular de Cesarea de Numidia
Secretario





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